lunes, 17 de julio de 2017

Alquilar plaza de garaje trámites

Cuando alquilas una plaza de garaje en España, entre particulares, si quieres hacerlo de forma legal, se debe declarar, como dicen en esta respuesta de la página de la agencia tributaria

  • ¿Está exento el alquiler de plazas de garaje entre particulares?

    Respuesta

  • Los particulares, que no son sujetos pasivos del IVA, adquieren la condición de empresarios y profesionales a efectos de este impuesto por realizar, entre otras operaciones, el arrendamiento de bienes.
    Por tanto, al arrendar una plaza de garaje están realizando una prestación de servicios sujeta y no exenta del IVA, siendo aplicable el tipo impositivo general del 21%.
    Si el arrendamiento de la plaza de garaje se realizara conjuntamente con una vivienda destinada a ser ocupada como residencia, la operación estará sujeta pero exenta.
  • Resultado de imagen de garaje plaza

Papeles 



- contrato de alquiler

- facturas 

- libro de contabilidad

--el propietario darse de alta en el censo de empresarios (modelo 037) régimen general, descripción alquiler.

-- trimestralmente rellenara el modelo 303 y pagará el 21% de IVA.

1-20 de abril
1-20 de julio
1-20 de octubre
1-30 de enero, que sera 4º trimestre y rellenará una hoja resumen.

--En la declaración de la renta, en el apartado de bienes inmuebles excluida vivienda habitual, declarará la ganancia y en su caso podría llegar a deducir los gastos de comunidad, seguro, ibi...


El que lo alquila, en principio no tiene que hacer nada. (a no ser que sea una empresa)

En esta página hay mucha información muy bien redactada.
y también aquí 
o en esta otra.


No hay comentarios:

Publicar un comentario